Con detención judicial envían a cárcel de Támara a exprimera dama, Rosa Elena de Lobo

Radio América. El juzgado en Materia de Corrupción en declaración de imputados con detención judicial envió a la cárcel de Támara, a la ex primera Dama de la Nación, Rosa Elena de Lobo y a su cuñado Mauricio Manuel Mora, acusados por los delitos de malversación de caudales públicos, lavado de activos y asociación ilícita y por los dos últimos delitos, el segundo.

La esposa del ex-presidente Porfirio Lobo Sosa (periodo 2010-2014), fue capturada por agentes de la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC) acusada de desviar fondos de su despacho a cuentas personales.

De acuerdo a las investigaciones del Ministerio Público, varias personas recibieron cheques sin justificación legal afectando fondos destinados al despacho de programas sociales de la Primera Dama y que fueron cambiados con su autorización obteniendo recursos ilícitamente de varias cuentas bancarias que suman varios millones de lempiras.

Rosa Elena de Lobo fue enviada con detención judicial a la Penitenciaría Nacional Femenina de Adaptación Social (PNFAS), mientras que Mora Padilla a la cárcel Marco Aurelio Soto de Támara, Francisco Morazán.

A los imputados se les acusa de los delitos de malversación de caudales, lavado de activos y asociación ilícita al haberse apoderado de más de 16 millones de lempiras.

La audiencia inicial quedó fijada para este viernes 2 de marzo a las 9: AM.

Captura de la exprimera dama Rosa Elena de Lobo.

La exprimera dama fue capturada por agentes de la Policía Militar de Orden Público (PMOP) y de la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC) en la residencia en la que vive con su esposo, Porfirio Lobo, en la zona residencial El Chimbo, 5 km al este de la capital.

Pena sobre los delitos

Por el delito de lavado de activos en el país se establece una pena de entre 15 a 20 años de prisión.

El delito de malversación de caudales públicos se castiga según el Código Penal con 6 a 12 años si el valor de lo malversado sobrepasa a los mil lempiras y por asociación ilícita una pena de 20 a 30 años de reclusión a las personas consideradas cabecillas de un grupo que se asocia con el propósito de ejecutar cualquier acto constitutivo de delito.

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